UN SERVICIO DEFINIDO POR EL ACTO
Audiencia previa en Madrid: fijar el debate antes del juicio
La audiencia previa del juicio ordinario no equivale al juicio donde se practica la prueba. La LEC contempla en ella el intento de acuerdo, el examen de cuestiones procesales, la delimitación de la controversia y, cuando corresponda, la proposición y admisión probatoria. Por eso el encargo debe explicar qué posiciones necesitan sostenerse y con qué antecedentes.
Para valorar una sustitución en Madrid pedimos la citación vigente, los escritos rectores y las instrucciones del director. Revisamos qué está admitido, qué se discute y qué decisiones requieren consulta. La sede se comprueba en la convocatoria concreta. Disponibilidad, alcance y honorarios se confirman antes de considerar aceptado el servicio.